20 MinutosTono neutroSesgo: CentroEn un auto, el magistrado José Luis Calama adopta así el criterio de la Fiscalía Anticorrupción y acuerda que si la Agencia Tributaria hallara indicios de posible delito fiscal en dicha investigación, correspondiente al periodo comprendido entre 2022 y 2024, deberá ponerlo en conocimiento del juzgado "a los efectos valorativos oportunos". Frente a este criterio, Anticorrupción se había opuesto "firmemente" a las solicitudes de suspensión de actuaciones por la "ausencia absoluta" de correspondencia entre los respectivos objetos materiales y subjetivos entre ambas investigaciones.
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«"Sentadas las anteriores premisas, resulta claro, tal y como destaca el Ministerio Fiscal, que el presente procedimiento no tiene por objeto, en este momento, la investigación de hechos susceptibles de constituir delitos contra la Hacienda Pública", indica Calama.»
«Frente a este criterio, Anticorrupción se había opuesto "firmemente" a las solicitudes de suspensión de actuaciones por la "ausencia absoluta" de correspondencia entre los respectivos objetos materiales y subjetivos entre ambas investigaciones.»
«Asimismo, indica Calama, la aportación a la Agencia Tributaria de documentación preexistente no implica autoincriminación alguna , al no suponer la generación de información nueva ni la realización de actos de colaboración activa con la investigación penal.»